El juez que condenó a la madre de Maracena solicitó esa cantidad por presuntos daños relacionados con su jubilación anticipada.
El caso de la jubilación anticipada del juez Manuel Piñar
El 29 de junio de 2024, el Boletín Oficial del Estado publicó la “jubilación voluntaria” de Manuel Piñar Díaz, el magistrado que en julio de 2018 condenó a Juana Rivas a cinco años de prisión y seis años de pérdida de la patria potestad sobre sus hijos. La jubilación se hizo efectiva al día siguiente, cuando el juez tenía 64 años, ocho menos de la edad obligatoria de retiro (72 años) para jueces y magistrados.
Tras su retiro, Piñar presentó una reclamación por daños y perjuicios ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), valorada en 100.000 euros. Sin embargo, en la sesión plenaria del pasado 11 de diciembre, el CGPJ rechazó dicha solicitud. Aunque la resolución es pública, aún no se han dado a conocer las razones detrás de la negativa.
Antecedentes del juez Manuel Piñar
Durante los últimos años, el juez, asignado al Juzgado de lo Penal 1 de Granada, ha enfrentado varias acciones disciplinarias y judiciales.
- En junio de este año, el CGPJ lo sancionó con una multa de 1.500 euros por revelar información confidencial sobre un menor a través de un medio de comunicación.
- En marzo de 2024, el CGPJ inició un expediente disciplinario tras una denuncia del abogado de Juana Rivas, Carlos Aránguez, por publicaciones realizadas por el juez en redes sociales y medios.
Piñar negó la autoría de dichas publicaciones, argumentando que no habían sido publicadas en su perfil personal de Facebook y, por tanto, no podían atribuirse a él. Además, defendió que el CGPJ no tiene competencia para sancionarlo por acciones “de su vida privada y personal”.
La reclamación del juez ante el CGPJ
Piñar justificó su solicitud de indemnización señalando supuestas irregularidades en la apertura del expediente disciplinario. Según explicó, el CGPJ:
- Dio validez a capturas de pantalla sin verificar su autenticidad ni contar con autorización judicial.
- Inició un expediente disciplinario sin especificar los hechos concretos que se le imputaban.
El juez alegó que las publicaciones, incluso si hubieran sido suyas, no tenían relación con su función jurisdiccional y estaban amparadas por el derecho a la libertad de expresión. Según Piñar, el CGPJ solo puede sancionar a los jueces por actos relacionados con el ejercicio de sus funciones, como establece la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Además, criticó al CGPJ por no actuar ante presuntas irregularidades de otros miembros del sistema judicial que, según él, han sido ignoradas.
El controvertido juicio de Juana Rivas en 2018
En 2018, Piñar dictó una sentencia severa contra Juana Rivas, que fue muy criticada tanto por su rapidez como por su contenido. La sentencia, emitida el mismo día del juicio, condenó a Rivas a:
- Cinco años de prisión.
- Seis años de inhabilitación de la patria potestad.
- 30.000 euros en concepto de indemnización para su ex pareja, Francesco Arcuri, por daños morales y materiales.
El fallo fue apelado y reducido a la mitad por el Tribunal Supremo, y Rivas finalmente obtuvo un indulto parcial. Sin embargo, Piñar se negó a aplicarlo en primera instancia.
Actualización del caso en Italia
Con Juana Rivas en libertad y acompañada de su hijo mayor, quien ya alcanzó la mayoría de edad, el caso sigue activo en Italia. Recientemente, la Fiscalía italiana solicitó que Francesco Arcuri sea procesado por presunto abuso infantil.
El pasado 6 de diciembre, un tribunal de Cagliari estudió el caso y se espera una decisión judicial para mediados de este mes. Mientras tanto, el hijo menor de Rivas continúa viviendo con su padre en Italia.